Asesoría y litigio en pensiones del IMSS Ley 73 · Ley 97 · Modalidades · Semanas cotizadas

Especialista en pensiones IMSS · 17 años en la misma materia

Trabajó toda su vida. Le corresponde una pensión justa.

Si está por iniciar su trámite, si le dijeron que entre a una modalidad, o si quiere saber cuándo y con qué salario le conviene retirarse, lo que decida ahora define cuánto va a cobrar cada mes por el resto de su vida. Le digo qué le conviene antes de que mueva un papel. Soy abogada y llevo diecisiete años dedicada exclusivamente a pensiones.

Su primera semana cotizada Últimas 250 semanas

Bajo la Ley 73 su pensión sale de tres variables que se combinan: el salario promedio de sus últimas 250 semanas, el total de semanas que tenga acumuladas —entre más semanas, mayor el porcentaje— y la edad a la que decida pensionarse: a los 60 años se cobra el 75% y a los 65 el 100%.

Ninguna de las tres se puede ver por separado, y hay plazos que determinan cuál conviene mover primero. Ahí está la estrategia, y ahí es donde una mala decisión cuesta dinero cada mes durante el resto de su vida.

Lo que escucho todos los días

¿Se parece a lo que usted está viviendo?

No hace falta tener un problema para necesitar asesoría. Hay quien viene a planear su retiro con tiempo, quien está en medio de un trámite que no avanza, y quien llega cuando ya le dijeron que no. Los tres casos se atienden.

"No tengo ningún problema, solo no sé por dónde empezar."

Es el mejor momento para preguntar. Cuando todavía no ha movido nada, están abiertas todas las opciones y ninguna decisión se ha cerrado.

"Ya estoy grande y no puedo andar dando vueltas."

No tiene por qué. El expediente se arma completo antes de presentarlo, y de las idas y los seguimientos me encargo yo.

"Me negaron la pensión y no entendí por qué."

Le entregaron una hoja con términos que nadie le explicó. Una negativa del IMSS no es la última palabra: se impugna ante tribunales.

"Trabajé 40 años y me quieren dar una miseria."

Casi siempre es un problema de salario base de cotización mal registrado, o de semanas que el IMSS no le está reconociendo.

"Le pagué a alguien por adelantado y desapareció."

Le cobraron antes de hacer nada, le prometieron un monto y ya no contesta el teléfono. Es el fraude más común en este tema, y lamentablemente no es raro.

"Me faltan semanas porque un patrón nunca me dio de alta."

Si puede acreditarse que existió la relación laboral, esas semanas se reclaman legalmente. Con recibos, contratos, testigos y otras pruebas.

"Me dijeron que con la Modalidad 40 voy a ganar el máximo."

No siempre es cierto, y a veces ni siquiera es la modalidad que le corresponde. Hay casos en que las aportaciones cuestan más de lo que el aumento devuelve. Se decide con cálculo, no con promesas.

"Llevo cinco vueltas al IMSS y siempre falta un papel."

Se forma desde las cinco de la mañana, a las tres le dicen que un documento está mal, regresa al otro día con ese corregido y ahora el que ya no sirve es otro. No es mala suerte: es un expediente mal armado desde el principio.

"Ya estoy pagando una modalidad y creo que me equivoqué."

Es de los errores más caros. Si nadie le hizo el cálculo antes de inscribirse, puede estar pagando miles de pesos al mes por un aumento que no compensa, o cotizando en un esquema que no le suma para la pensión. Conviene revisarlo cuanto antes.

"Mi esposo falleció y no sé si me toca algo."

Existen pensión por viudez, orfandad y para ascendientes. Tienen requisitos y plazos propios, y una negativa también se puede impugnar.

Lo que casi nadie le advierte

Hay decisiones sobre su pensión que no se pueden deshacer

Un trámite mal hecho se vuelve a hacer. Una estrategia mal elegida, no. En pensiones hay decisiones que se toman una sola vez en la vida, y estas son las que más caro se pagan:

  • Elegir el régimen equivocado. Quien cotizó antes y después de 1997 puede optar entre Ley 73 y Ley 97. Es una decisión única y define todo lo demás.
  • Entrar a la modalidad equivocada, o entrar sin que le hicieran el cálculo. Son aportaciones de su propio bolsillo durante años. Si no le convenía, ese dinero no regresa. Y no todas las modalidades sirven para lo mismo: unas suman semanas y elevan el salario, otras dan servicio médico, y algunas no cuentan para la pensión.
  • Cotizar con el salario equivocado. Inscribirse al tope no siempre es lo mejor. A veces se obtiene casi la misma pensión invirtiendo bastante menos.
  • Pensionarse en el momento equivocado. Unos meses antes o después pueden cambiar el monto que va a cobrar cada mes por el resto de su vida.
  • Aceptar una resolución sin revisarla. Una vez aceptado el monto, corregirlo es mucho más difícil que haberlo peleado desde el principio.
  • Dejar correr los plazos. Hay términos legales que, una vez vencidos, cierran la puerta definitivamente.

Su pensión no es un trámite. Es el ingreso del resto de su vida.

Un error de asesoría en pensiones no se paga una sola vez: se paga cada mes, durante veinte o treinta años. Por eso la asesoría va antes del trámite, no después de que ya se equivocó. Si todavía no ha hecho nada, está en el mejor momento para preguntar.

Advertencia importante

Cuidado con los fraudes de pensiones

Hay quien se aprovecha de que este tema es complicado: promete pensiones garantizadas, cobra por adelantado y desaparece. Aprenda a reconocerlos, aunque después no me contrate a mí. Esto es lo que hacen:

Le prometen un monto antes de revisar nada

Sin ver su historial de semanas cotizadas nadie puede saber a cuánto asciende su pensión. Quien le da una cifra en la primera llamada, se la está inventando.

Le garantizan el resultado

"Le garantizo su pensión." Nadie puede garantizar el sentido de una resolución del IMSS ni de un tribunal. Ni un abogado, ni nadie.

Le piden un pago fuerte por adelantado

Y sin contrato ni recibo. Cuando el dinero ya está entregado, dejan de contestar el teléfono.

Le ofrecen conseguirle semanas que no cotizó

Comprar o fabricar semanas es un delito. Y el perjudicado termina siendo usted, porque el IMSS puede anular la pensión completa años después.

No sabe usted con quién está tratando

Quien va a manejar su pensión debe darle su nombre completo y una credencial que usted pueda verificar. Si solo tiene un número de teléfono y respuestas evasivas, no sabe a quién le está entregando su futuro.

Le piden sus documentos originales

Y su NSS, su CURP y sus claves. Se trabaja con copias y con un poder otorgado por escrito. Nunca entregue originales ni sus contraseñas a nadie.

Lo que usted nunca va a escuchar de mí

  • "Le garantizo su pensión."
  • "Le consigo la pensión máxima."
  • "Págueme por adelantado y yo me encargo de todo."
  • "Yo le consigo las semanas que le faltan."

Lo que sí va a escuchar, cuando sea el caso: "Usted no tiene caso, y no le voy a cobrar por decírselo." Prefiero perder un cliente que cobrarle por un asunto que no va a prosperar.

Las vueltas al IMSS

No es su culpa que lo manden de vuelta

Mucha gente cree que le fue mal por torpeza suya o por mala suerte. Casi nunca es eso. Hay razones concretas por las que un trámite de pensión se atora, y ninguna tiene que ver con usted.

Por qué lo regresan

  • Los documentos tienen vigencias distintas y se vencen entre una visita y otra
  • El criterio puede cambiar según quién le toque en la ventanilla
  • El personal atiende trámites, no está ahí para asesorarlo sobre qué le conviene
  • Un expediente incompleto se rechaza sin que le expliquen qué falta exactamente
  • Un error en su nombre, CURP o NSS detiene todo y nadie lo detecta hasta el final
  • Nadie le va a avisar si eligió el régimen que menos le conviene

Qué hacemos distinto

  • El expediente se arma completo antes de la primera visita
  • Se revisan vigencias para que ningún documento se venza en el camino
  • Se detectan y corrigen los errores de datos antes de presentar
  • Usted sabe de antemano qué le conviene y por qué
  • Si el IMSS niega, no se acaba ahí: sigue el juicio
  • Atiendo personalmente y le explico cada etapa en español, no en jerga

Mi garantía sobre el trabajo

Me paga hasta que usted cobra.

No le puedo garantizar el resultado. Nadie puede, y quien se lo prometa le está mintiendo. Pero sí le puedo garantizar esto: mis honorarios se cubren cuando usted recibe su dinero. No antes.

Si a usted no le pagan, a mí tampoco.

Quien cobra todo por adelantado obtiene lo mismo salga bien o salga mal su asunto. Bajo este esquema, mi trabajo y su resultado van amarrados. Y el criterio no cambia: le digo lo que realmente le conviene, aunque eso signifique decirle que puede hacer el trámite usted solo y sin pagarme.

Ahora la letra chica, dicha de frente, porque prefiero que la lea aquí y no que se la encuentre después:

Vía administrativa

Trámites sin pleito ante órganos judiciales

Todos los trámites y gestiones ante el IMSS que se resuelven sin demandar. Aquí no hay gastos de procedimiento: todo se cobra al final.

Mis honorarios, hasta que usted cobra

Vía judicial

Cuando hay que demandar

Mi porcentaje también se paga al final. Pero durante el procedimiento sí se cubre lo que se va generando: revisión de expediente, traslados, días de audiencia, peritajes, copias certificadas y notificaciones.

Desglosado desde el primer día

Un juicio implica trabajo y salidas que ocurren mucho antes de que haya un resultado, y eso no se lo puedo ocultar. Lo que sí le garantizo es que va a saber el desglose completo antes de decidir.

Áreas de práctica

Pensiones IMSS, exclusivamente

No atiendo de todo un poco. Diecisiete años en la misma materia es la razón por la que reconozco un error de cálculo en cuanto veo el expediente.

  • Determinación del régimen aplicable: Ley 73 o Ley 97.
  • Planeación del retiro: cuándo y con qué salario conviene pensionarse.
  • Cálculo de pensión y proyección del monto mensual lo más aproximado al real.
  • Elección de la modalidad de aseguramiento que conviene a su caso: Modalidad 40, Modalidad 10 u otra, con números antes de inscribirse.
  • Revisión de una modalidad ya iniciada, cuando hay duda de si conviene seguir o cambiar.
  • Armado completo del expediente, para que no lo regresen por documentos.
  • Juicio por negativa de pensión ante Tribunales Laborales Federales.
  • Reconocimiento de semanas cotizadas no registradas.
  • Corrección del salario base de cotización mal reportado.
  • Impugnación de pensiones calculadas por debajo de lo que corresponde.
  • Pensión por invalidez e incapacidad permanente.
  • Pensión por viudez, orfandad y ascendientes.
  • Corrección de datos ante el IMSS: nombre, CURP, NSS duplicado.
  • Revisión de resoluciones antes de aceptarlas o firmarlas.
  • Segunda opinión cuando otro despacho ya le dijo que no procede.

Quién lo va a atender

Diana Castor Fariña, abogada especialista en pensiones IMSS

Diana Castor Fariña

Abogada litigante titulada en 2009. Diecisiete años dedicados a asuntos de pensión ante el IMSS, con atención directa en Ciudad de México y Estado de México, y representación en toda la República.

Atiendo personalmente cada asunto, de principio a fin. Usted trata con la abogada que lleva su caso: no lo pasan con alguien distinto cada vez que llama, ni le contesta quien no conoce su expediente.

  • Cédula profesional 6118932
  • Ejercicio desde 2009 · 17 años
  • Materia Pensiones y seguridad social
  • Cobertura CDMX, Edomex y toda la República
  • Horario Lunes a viernes, 8:00 a 18:00 h
Verifíqueme antes de contratarme. La cédula 6118932 se puede consultar gratis en el Registro Nacional de Profesionistas de la SEP. Hágalo conmigo y hágalo con cualquiera que le ofrezca ayuda con su pensión.

Cómo trabajamos

El proceso, paso a paso

Antes de que usted gaste un peso, va a saber si tiene caso o no lo tiene.

Primera llamada, sin costo

Me llama o me escribe por WhatsApp y me platica en qué punto está. Le hago unas preguntas para entender su situación y saber qué documentos tiene a la mano.

Le digo qué le conviene hacer

En esa misma llamada le digo por dónde debe empezar: si lo suyo es un trámite que puede hacer usted mismo, si conviene esperar, si hay que corregir algo antes de meter papeles, o si de plano hay que demandar. Y si no hay nada que hacer, se lo digo de frente y ahí termina, sin cobrarle nada.

Asesoría formal, cálculo y estrategia

Si hay camino, agendamos la asesoría formal, que sí tiene costo. Ahí analizo su historial de semanas cotizadas, su salario base y el régimen aplicable; le entrego el monto lo más aproximado al real y el plan para llegar ahí, todo por escrito.

Trámite o juicio, con seguimiento

Yo armo el expediente completo antes de presentarlo, para que no lo manden de vuelta por un documento. Y le aviso en cada etapa importante, explicado en lenguaje que se entiende, no en jerga de abogados.

Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de llamar

¿Cómo sé si me corresponde la Ley 73 o la Ley 97?

Depende de la fecha en que cotizó por primera vez al IMSS. Si su primer registro es anterior al 1 de julio de 1997, le corresponde la Ley 73. Si empezó a cotizar en esa fecha o después, le corresponde la Ley 97 y su pensión se financia con el saldo de su AFORE.

En la Ley 73 el monto no sale de un solo dato: se combina el salario promedio de las últimas 250 semanas, el total de semanas acumuladas —que determina el porcentaje de incremento— y la edad de retiro, que va del 75% a los 60 años al 100% a los 65. A eso se suman, cuando aplican, las asignaciones familiares.

Quien cotizó en ambos periodos conserva el derecho a elegir el régimen de Ley 73, que en la mayoría de los casos resulta más favorable.

¿Cómo sé si me están estafando con mi pensión?

Las señales más claras: le prometen un monto antes de revisar su historial, le garantizan el resultado, le piden pago fuerte por adelantado, le ofrecen conseguirle semanas que no cotizó, no le dan un nombre ni una credencial verificable, o le piden documentos originales.

Y una regla simple: si suena demasiado bueno, es mentira. Nadie regala pensiones y nadie puede garantizar una resolución.

Me negaron la pensión, ¿ya no hay nada que hacer?

Sí hay. Una negativa del IMSS es una resolución administrativa y se puede impugnar mediante demanda ante los Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación.

Las causas más comunes son semanas no reconocidas, patrones que no reportaron correctamente, discrepancias de nombre o CURP, y clasificación equivocada del régimen. El primer paso es obtener la resolución por escrito y el historial completo de semanas cotizadas.

¿Qué modalidad del IMSS me conviene: la 40, la 10 u otra?

Depende de su situación, y es de las decisiones que más caro se pagan cuando se toma mal. No todas las modalidades sirven para lo mismo.

La Modalidad 40, o continuación voluntaria, es para quien ya cotizó y causó baja, y quiere seguir aportando para subir su salario promedio y sumar semanas. Es la que más impacta el monto de una pensión de Ley 73, pero no incluye servicio médico y no siempre compensa lo que cuesta.

La Modalidad 10 es para trabajadores independientes: sí da atención médica y permite aportar a Infonavit, aunque resulta más cara y no está diseñada para elevar el salario promedio. Hay casos en que se usa antes de la Modalidad 40, porque genera la vigencia de derechos que esta última requiere.

Y existen otras modalidades que solo cubren atención médica y no generan semanas para pensión, lo cual sorprende a mucha gente que llevaba años pagando creyendo que sí contaban.

Cuál le sirve a usted, en qué orden y con qué salario, se define con números sobre su expediente. No por lo que le funcionó a un conocido.

¿Cuántas semanas cotizadas necesito?

Bajo la Ley 73, 500 semanas. Bajo la Ley 97, tras la reforma de 2020, el requisito arrancó en 750 semanas en 2021 y sube gradualmente hasta llegar a 1,000 semanas. El número que le aplica depende del año en que se pensione, por eso conviene verificarlo antes de iniciar cualquier trámite.

Trabajé años en un lugar que nunca me dio de alta, ¿se recupera?

Sí, cuando puede acreditarse que existió relación laboral. Se demanda el reconocimiento de esas semanas y, en su caso, la corrección del salario base de cotización.

Sirven como prueba recibos de nómina, contratos, credenciales, correos, constancias y testigos. Esto es un procedimiento legal, y es cosa muy distinta de la oferta ilegal de "comprarle" semanas.

Mi papá o mamá falleció, ¿tenemos derecho a algo?

El IMSS otorga pensión por viudez al cónyuge o concubino, por orfandad a los hijos menores de 16 años (hasta 25 si estudian, y sin límite de edad en caso de incapacidad), y a ascendientes que dependían económicamente del asegurado. También existe ayuda para gastos de funeral.

Cada supuesto tiene requisitos y plazos propios, y una negativa también puede impugnarse.

¿Cuánto cuesta contratar a una abogada de pensiones?

La primera llamada no tiene costo. Sirve para saber en qué punto está y qué le conviene hacer. Si no hay nada que hacer, se lo digo ahí mismo y no le cobro nada.

La asesoría formal sí tiene costo. Es donde reviso su expediente a fondo, hago el cálculo y le entrego la estrategia por escrito.

Y mis honorarios se cubren cuando usted cobra, no antes. Con una salvedad que le digo de frente: si hay que ir a juicio, mi porcentaje sí queda para el final, pero los gastos y el trabajo que corren durante el procedimiento se cubren conforme ocurren, desglosados desde el primer día.

Esto no significa que le garantice ganar. Ningún abogado puede garantizar el sentido de una resolución.

Cuénteme qué le pasó

La llamada para valorar su caso no tiene costo y no lo compromete a nada. Si su asunto no procede, se lo diré con la misma claridad con la que se lo diría a mi familia.

55 8473 5495
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